EXCEPCIONES
- Quedan exentas del requisito de vacunación contra la fiebre amarilla las personas que habiendo estado en los países considerados de riesgo, antes de ingresar a territorio costarricense han permanecido por espacio de al menos 6 días, en un país que no es de riesgo y no han desarrollado fiebre en ese periodo.
- En el caso de extranjeros no residentes con contraindicaciones para la vacunación contra fiebre amarilla que provengan de países de riesgo, deberán aportar previo al ingreso a territorio costarricense, dictamen médico válido avalado por la autoridad sanitaria nacional del país donde proviene.
- La vacunación contra fiebre amarilla será obligatoria para todas las personas, exceptuando las contraindicaciones siguientes propias de vacunación contra fiebre amarilla: menores de 9 meses, alergia severa al huevo, inmunosupresión y enfermedad del timo actual o historia de haberla padecido.
- Se consideran contraindicaciones relativas en las cuales deberá existir una valoración médica de los pros y contras de la vacunación en las siguientes condiciones: Mayores de 60 años, embarazo, lactancia, historia familiar de eventos adversos asociados a la vacunación contra fiebre amarilla, hipersensibilidad a la gelatina e infección asintomática con VIH, con verificación laboratorial de adecuada función del sistema inmune.