Artículos que puede traer a Costa Rica
Cada persona que entre a Costa Rica tiene derecho a introducir equipaje con articulos personales en cantidades razonables, medicinas y equipo de asistencia, si es necesario
A. Medicinas: Si usted necesita viajar a Costa Rica con sus medicinas, por favor considere lo siguiente:
- Lleve las cantidades necesarias, que es la cantidad normal usada por una persona con su problema de salud.
- Deberá llevar con usted una prescripción especificando que la medicina esta siendo usada para su salud física.
- Tenga las medicinas etiquetadas o debidamente identificadas. El equipo de trabajo debe ser portátil y usado.
B. Artículos de uso personal: Puede traer a Costa Rica los siguientes artículos de uso personal, en una cantidad razonable, si son portatiles y usados:
- Libros y manuscritos
- Camara (1) y sus accesorios
- Ropa
- Joyas
- Instrumento musical (1) y sus accesorios
- Fotografías e impresiones no comerciales
- Radio portatil (1)
- Rollos de película (6)
- Juguetes
- Sombrilla
- Camara de video (1) y sus accesorios
- Zoom (1)
C. Para usted y el consumo de su familia también pueden traer:
- Comida de bebe
- Cigarros (500 gramos por persona)
- Confites (2 kilogramos por persona)
- Vino y licor (Hasta 5 litros por persona) debe ser mayor de 18 años.
D. Artículos para el trabajo: Se le permite llevar a Costa Rica artículos requeridos en su profesión, siempre y cuando sean usados y portatiles. Estas disposiciones excluyen equipo completo para laboratorios, oficinas y talleres. Algunos artículos que puede llevar son:
- Computadora portátil (1)
- Pintura y lienzos
- Impresora portátil (1)
- Grabadora (1)